domingo, 30 de agosto de 2009

10 compromisos para combatir el racismo y la discriminación en las Ciudades de Latino América y el Caribe


La Coalición Latinoamericana y Caribeña de Ciudades contra el Racismo, la Discriminación y la Xenofobia se inició en Montevideo, Uruguay, el 25 de octubre de 2006, en el marco del I Foro Iberoamericano de Gobiernos Locales.
En este posteo lo dejamos el Plan de Acción de 10 Puntos que acordaron los alcaldes y jefes de gobierno locales; siendo estos 10 Compromisos para
combatir el racismo, la discriminación y la xenofobia en las ciudades
Clickeando en el enlace podrán acceder al documento completo

http://unesdoc.unesco.org/images/0016/001631/163117S.pdf

Conferencia Internacional. “MONTEVIDEO: más igualdad, más diversidad”


Seguimos con el proceso de democratización de la información. En esta ocasión posteamos una conferencias regional en el marco de la Coalición Latinoamericana y Caribeña de Ciudades contra el Racismo, la Discriminación y la Xenofobia.

La comunidad internacional se ha propuesto revisar para profundizar sus políticas coordinadas contra el racismo, la discriminación, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia.

Luego de la Conferencia Mundial de 2001, Naciones Unidas y finalizada la Conferencia de Examen de Durban. Con una perspectiva de examinar la Declaración y el programa de Acción.

Montevideo al asumir la responsabilidad de ciudad líder de la Coalición Latinoamericana y Caribeña de Ciudades contra el Racismo, la Discriminación y la Xenofobia, en estos últimos años ha mostrado condiciones óptimas en lo político, y su trayectoria muestra una voluntad sostenida de construcción de ciudadanía democrática.

Porque ratifica su compromiso de defensa y promoción de los derechos humanos.
A su vez Uruguay integra la experiencia piloto “Unidos en la Acción” para la reforma de las Naciones Unidas a nivel de país. Sólo ocho países en el mundo son países piloto para la reforma de las Naciones Unidas. Uruguay es el único país de América Latina y el único de desarrollo medio alto entre estos ocho países.

En este contexto, Montevideo se propone convocar a diferentes actores locales, nacionales e internacionales a confluir en una conferencia y en una serie de actividades, encaminadas a sumarse a los esfuerzos de la comunidad internacional y, simultáneamente, simultáneamente, reafirmar y fortalecer las políticas antidiscriminatorias locales.


“MONTEVIDEO: más igualdad, más diversidad”
CONFERENCIA INTERNACIONAL


Montevideo, 24 a 26 de setiembre de 2009
Sala de Conferencias del Teatro Solís

Programa provisonal

JUEVES 24 SET.

09.30 - 12.00 Reunión del Ejecutivo de la Coalición Latinoamericana y Caribeña de Ciudades contra el Racismo la Discriminación y la Xenofobia (cerrada)
14.30 – 17.00 Reunión del Ejecutivo de la Coalición Latinoamericana y Caribeña de Ciudades contra el Racismo la Discriminación y la Xenofobia (cerrada)
18.30 – 19.00 Bienvenida y presentación de la Conferencia.
Sistema de Naciones Unidas
19.00 – 19.45 Conferencia: Las ciudades como espacios de realización de los derechos.
Ricardo Ehrlich, Itendente Municipal de Montevideo
20.00 – 21.00 Brindis

VIERNES 25 SET.

09.00 – 09.30 Acreditaciones
09.30 – 10.30 Conferencia I: Sistema universal de protección a los derechos humanos y lucha contra la discriminación. Experto internacional
10.30 – 11.00 Mesa de ciudades A: Políticas ciudadanas contra la discriminación y por la igualdad(*).
13.00 – 15.00 Almuerzo
15.00 – 16.00 Conferenica II: Ciudadanía en un mundo migrante.
ACNUR
16.00 – 16.40 Síntesis de las conferencias y mesas: aspectos a subrayar.
16.40 – 17.00 Pausa / café
17.00 – 19.00 Mesa de ciudades B: Migración, refugio y cohesión social(*).
19.30 – 20.15 Acto cultural

SÁBADO 26 SET.

09.30 – 10.30 Conferencia III: Igualdad y democracia.
Luigi Ferrajoli
10.30 – 11.10 Síntesis de las conferencias y mesa: aspectos a subrayar
11.10 – 11.40 Pausa / café
11.40 – 12.15 Presentación plenaria de Declaración Final / Programa de Acción hacia Lisboa y Estoril.
12.15 – 12.30 Adopción de Declaración Final / Programa de Acción.
12.30 – 13.30 Acto de cierre: Los compromisos en el futuro inmediato
COALICIÓN / UNESCO
SEGIB
IMM

(*) Formato y dinámica de las mesas de ciudades:

Integración: 4 ciudades y un periodista

Dinámica:

Cada ciudad tendrá 8 minutos como máximo para presentar en forma audiovisual UNA experiencia concreta llevada adelante por ella, relacionada con el tema de la mesa.

Acto seguido, la misma ciudad, en 15’ como máximo, presentará la política general en la que se encuadra la práctica presentada previamente.
Concluida la ronda de presentaciones de todas las ciudades, el periodista realiza una ronda de preguntas orientadoras y de concreción, recogiendo las preguntas de los asistentes hechas llegar por escrito, dirigida a cada ciudad. Cada ciudad tendrá 5’ para responder.


sábado, 29 de agosto de 2009

La Calenda en el Galpón



El 7 de octubre en el teatro el Galpon junto a la Borocoto jazz dance.

Son pocas las oportunidades que tienen las bandas que eligen como genero musical el Candombe afro uruguayo como principal corriente de influencia.
Algunos datos para los o las despistadas que no conocen la banda aún.
La Calenda Beat surge a raíz de la agrupación tradicional de Candombe La Calenda, fundada en 1982 por Fernando " lobo " Núñez; la misma se presentó en diversos festivales y espectaculos el folcklore afrouruguayo a nivel nacional e internacional. En el 2003 con el afan de ampliar los horizontes hacia donde tenía llegada la banda y con aires ronavados en sus melodias y armonías, surge la Calenda Beat, según sus integrantes tiene muchos años de gestión esta propuesta pero no siempre con el mismo nombre. Esta banda representa a la nueva generación del candombe en el siglo XXI.

Sus influencias son las siguientes: La Calenda, Lobo Nuñez, Repique, Negrocan, Hugo Fattoruso, Jorginho Gularte, Rúben Rada, Pedro Ferreira, Morenada, Mateo, Sinfonia de Ancina, Concierto Lubolo, Musica Negra de la Ciudad de Montevideo, La Candombera,Hever Piris, James Brown, Ed Motta, Jamiroquai, Djavan, Stevie Wonder,John coltraine, Bob Marley, Peter Tosh, Los Van Van, Charanga Habanera,Isaak Delgado, Yossou N´dour,Mamady Keita, Muñequitos de Matanza, DLG, Giovanni Hidalgo, Carlos Santana, Joe Zawinul, Jaco Pastorius, Level 42, M D2, entre otros.

Los integrantes de la banda son:

Claudio Martínez : Voz - Liber Galloso : Saxofón , voz y coros - Fernando "ferna" Nuñez : Tambor chico - Noe Núñez : Tambor Repique - Diego Paredes : Tambor Piano y coros - Santiago "cobi" Acosta : Percusion y coros - Maximiliano Clerici: Bajo y coros - Horacio Diyorio : teclados - Marcos Castro : Guitarras


Un poco de la Calenda Beat



fuente: http://www.myspace.com/lacalendabeat

viernes, 21 de agosto de 2009

Rechazo artículo 30 del anteproyecto de Reforma Constitucional de la República Dominicana

Quizas los bombardeamos con mucha información pero gracias a nuestros corresponsales cybernautas de Uruguay y la aldea global le podemos hacer llegar estos documentos generados por la sociedad civil organizada luego de la finalización de la reunión de Revisión de la Conferencia de Durban.
Transcribimos la declaración de bajo:
Organizaciones sociales de varios países del mundo rechazan la aprobación del Artículo 30

Las Organizaciones de la Sociedad Civil de América Latina, el Caribe y otras de Europa, Estados Unidos y Africa, reunidas en Ginebra para la Conferencia de Revisión a la Declaración y Plataforma de Acción de Durban, deploramos la aprobación del artículo 30 del anteproyecto de Reforma Constitucional de la República Dominicana que otorga carácter constitucional a la penalización del aborto y prohíbe el uso de anticonceptivos.

En momentos en que países de todo el mundo reafirman el compromiso de respeto y promoción a la libertad religiosa, el Estado dominicano ha cedido al miedo por las presiones y amenazas del fundamentalismo nacional. Desapropiando a las mujeres de su autonomía, condenándolas a la muerte, sin considerar el alto índice de mortalidad materna del país, uno de los más altos de la región.

Entendemos que el predominio de la ética religiosa es incompatible con el respeto a las garantías fundamentales, en especial de las mujeres, con la promoción de los avances científicos, el establecimiento de un estado de Derecho y el fortalecimiento de la democracia.

Nos parece inaceptable que en pleno siglo XXI surjan constituciones con contenidos discriminatorios que violentan el derecho a la vida y salud de las ciudadanas priorizando la vida en potencia. Nos apegamos a la filosofía y la visión del respeto de los DDHH y el derecho a la no discriminación que contienen el Programa y Plan de Acción de Durban y las diferentes Convenciones Internacionales firmados y ratificados por la República Dominicana.

La entrada en vigencia del artículo 30 conllevará a que más de la mitad de la ciudadanía dominicana sea discriminada, en mayor magnitud la mujeres en condiciones de vulnerabilidad, las afro descendientes en situación de pobreza, las migrantes y aquellas víctimas de violencia.

Pedimos al Estado Dominicano aprobar una Constitución de avanzada, acorde con las nuevas corrientes del derecho constitucional contemporáneo. Apelamos a la conciencia de las personas Asambleístas a reconsiderar el artículo 30 para que se apegue a las legislaciones modernas garantitas de los derechos humanos, que respete el derecho a la vida de las mujeres, a la salud, a decidir sobre sus cuerpos y el destino de sus vidas.

En Ginebra, Suiza 22 abril 2009, ante los ojos del mundo, firmamos:

1) Articulación de Mujeres Negras Brasileñas (CRIOLA) Jurema Werneck
2) Centro de Estudios de Relaciones de Trabajo (CEERT). Brasil.Cida Bento
3) Comité Internacional para la Conferencia de Revisión de Durban. Humberto Brown.
4) Centro Feminista de Estudio y Asesoría. Guacira Cesar de Oliveira. Brasil.
5) Southern Research and Development Center. USA and Panama.
6) Agustín Lagos. Profesor de estudios latinoamericanos y del Caribe de la Universidad de Massachussetts.
7) Andréa Lisboa de Sousa. Universidad de Austin, Texas.
8) Carlos Quezada Global Rights, Estados Unidos.
9) Ana Irma Rivera, CLADEM- Puerto Rico.
10) Lindiwe Nlatha COC Netherland, Holanda.
11) Mauro Cabral, MULABI. Argentina
12) Chandrai Estevez, MUDHA, Rep. Dominicana
13) Bjöhnvan Roozndaac, COC Netherland, Holanda.
14) Ruben Alonzo, militante por DDHH Diversidad Sexual. México.
15) Maura Nazly Mosquera AFROLIDER, Colombia.
16) Sonia Viveros Parilla, Azucar, Ecuador.
17) S Afro, Costa Rica
18) Nedelka Lacayo, EMUNEH, Honduras.
19) Paola Ortiz, Circulo Juventud AfroAmerica, Colombia.
20) Thais Zimbwe, UJIMA, Brasil.
21) Romero Rodriguez, ORAPPER, Uruguay.
22) Marcelo Paixo, UFRJ, Brasil.
23) Ive Ouggad-Dohillard, Congris Monchial, África del Norte.
24) Jenny de la Torre Cordoba, FADAFRO-ASUMAPA, Espana.
25) Sarah White, Miss Worker’s Center, USA.
26) Anna-Maria Thomas, Ed. D, World Afrikan Diaspora, USA
27) Amandire Bach, European Women’s Lobby, Bruselas (Red Europea-Secretariado en Bruselas)
28) Joselin Hill, Mississippi Workers’Center for HRTS, USA.
29) John Anton, Las Mojarras, Colombia.
30) Beatriz Schulthen, Volviendo a la Tierra, Costa Rica.
31) Carlos Mino, o Caribe, Costa Rica
32) Matilde Ribero, Brasil.
33) Maria Ines, Barbosa, Brasil.
34) Kali Akuno, Malcolm X Grassroots Movement, USA.
35) Jacqui Paterson, Woman of Color United, USA.
36) Camilla Roso, CLADE Brasil.
37) Csacajanca Hall, Malcolm X Grassroots Movement, USA.
38.)Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE
39) Foro de Mujeres y Políticas de Población
40) Red Nacional de Abogadas por la Reproducción Elegida, Mexico
41) Centro de la Mujer Peruana Flora Tristan, Peru
42) Campaña por una Convención Interamericana de Derechos sexuales y derechos reproductivos, Mexico
43) Red de Salud de las Mujeres Latinoamericanas y del Caribe (RSMLAC, Chile
44) Rede Feminista de Saúde Direitos Sexuais e Direitos Reprodutivos, Brasil
45) MYSU, Mujer y Salud, Uruguay.
46) Asociación de Especialistas Universitarias en estudios de la Mujer, Uruguay
47) Equidad de Género, Mexico
48) Ciudadanía, Trabajo y Familia A.C, Mexico
49) Foro de Mujeres y Políticas de Población, Mexico
50) Red por los Derechos Sexuales y Reproductivos México
51) Red Latinoamericana de católicas por el Derecho a Decidir, Bolivia
52) La Articulación Feminista Marcosur y Cotidiano Mujer, Uruguay.
53) Comunicacion , Intercambio y Desarrollo Humano en America Latina A.C. Mexico
54) FEIM, Argentina
Fuente: perspectivaciudadana.

DECLARACION DE REPRESENTANTES LA SOCIEDAD CIVIL DE AMERICA LATINA Y EL CARIBE EN LA CONFERENCIA DE EVALUACION DE DURBAN, 2009 GINEBRA

Seguimos con el procesos de democratización de la información, para ello en esta ocasión presentamos a nuestros lectores y lectoras el documento de evaluación de los representates de la sociedad reunidos en Suiza en abril del 2009.
Que no te dejen afuera, recuerda que ni metrallas, ni bombas, con la información y la movilización matas el racismo y la exclusión!!!!!!!!!
DECLARACION DE REPRESENTANTES LA SOCIEDAD CIVIL DE AMERICA LATINA Y EL CARIBE EN LA CONFERENCIA DE EVALUACION DE DURBAN, 2009 GINEBRA

Reunidos en Ginebra, Suiza desde el 20 al 24 de Abril del 2009, nosotras y nosotros: afrodescendientes, pueblos indígenas, mujeres, jóvenes, lesbianas, gays, travestis, transexuales, bisexuales, transgéneros, gitanos, personas con discapacidad, personas viviendo con VIH y Sida, migrantes, refugiados, desplazados internos, personas privadas de libertad.

MANIFESTAMOS QUE:

En medio de una profunda crisis global económica, ecológica y alimenticia; de la redefinición de estructuras institucionales tanto de estado como de economía, confrontamos nuevos y viejos retos en nuestras luchas contra el racismo, y en oposición a todas las formas de discriminación y por ende de desigualdad económica, política, y cultural. Esto apunta al recrudecimiento del racismo, la xenofobia, y formas conexas de discriminación lo que pone al relieve la importancia fundamental de combatir el flagelo del racismo para construir sociedades más justas y democráticas.

Reconocemos que el que se haya realizado esta conferencia de evaluación de la Declaración y Plan de Acción de Durban es un logro, el cual en gran medida engendrado por los esfuerzos de la sociedad civil en los últimos ocho años, a pesar de las gestiones de los detractores del proceso para marginar y eliminar la agenda de Durban contra el racismo.

Reconocemos que el Articulo 1 del Documento de Revisión reafirma la Declaración y Plan de Acción de Durban con lo cual estamos en pleno acuerdo, ya que el DDPA sigue siendo vigente para nosotros en tanto declaración de principios y agenda de trabajo contra el racismo y la discriminación en el mundo de hoy.

A la misma vez, estamos defraudados tanto por el proceso que condujo a la reunión de evaluación en Ginebra, como por el contenido del documento de revision por las siguientes razones:

a) Tanto la mayoría de los gobiernos como el sistema de la ONU demostraron no tener el nivel de interés y compromiso necesarios para una implementación adecuada de la Declaración y Plan de Acción de Durban. Solamente se llevaron a cabo dos conferencias regionales (una en África y otra de America Latina y el Caribe) previas las cuales no fueron debidamente financiadas. Por otro lado, se le negó participación efectiva a la sociedad civil en el proceso por la falta de financiamiento y un esfuerzo dirigido a boicotear y debilitar el proceso. La ausencia relativa de la sociedad civil en el proceso constituye un precedente peligroso en cuanto a los mecanismos de participación democrática en los procesos de la ONU, sobre todo en no hacer la gestión para promover las voces activas de aquellos que sufren diariamente de discriminación y odio.

b) La intensa presión de los países que boicotearon la Conferencia culminaron con un documento que contó con una participación casi nula de la sociedad civil, el cual fue rápido y precozmente aprobado por los Estados. Esto tuvo como resultado un documento de revisión sin contenido sustantivo que ni evalúa claramente, ni articula mecanismos de implementación del plan de Durban.

c) A pesar de que sabemos que la mayoría de los gobiernos no cumplieron con la Declaración y Plan de Acción de Durban, el proceso de evaluación no cumplió con su fin principal de evaluar los gobiernos lo cual se demuestra claramente en un documento de evaluación que no evalúa ni los avances ni las limitaciones en la agenda de Durban. Entendemos que esto es en parte debido a falta de voluntad de las instituciones tanto gubernamentales como multilaterales, pero también debido a la intromisión de disputas geopolíticas que no deberían perturbar la agenda mundial contra el racismo y la discriminación.

d) El documento de revisión es omiso con relación a una serie de cuestiones centrales que planteaba el DDPA, entre ellas: la violencia estructural hacia la juventud negra y indígena y su acceso inequitativo a la justicia; la violencia e intolerancia religiosa hacia las religiones de matriz africana; el acceso inequitativo al derecho a la educación debido a factores de discriminación; la invisibilización del racismo en los medios de comunicación; la discriminación en base a la orientación sexual e identidad de genero; las reparaciones como mecanismo primordial para la promoción de la igualdad racial y democracias participativas; la creación de mecanismos que aseguren el reconocimiento del Estado a las tierras ancestrales, tanto indígenas cuanto afrodescendientes.

e) La actitud tanto de los gobiernos que declararon boicot y no asistieron a la conferencia como de los que re retiraron de ella (Alemania, Australia, Canada, Checoslovaquia, Estados Unidos, Holanda, Israel, Italia, Nueva Zelandia, Polonia, ), demuestra tanto una carencia de compromiso activo con los principios y políticas contra el racismo expresas en la agenda de Durban, como también una actitud contraria a la cultura de la ONU que se fundamenta en el dialogo y el debate multilateral como métodos necesarios para adquirir consensos mínimos y avanzar en proyectos de justicia y paz.

f) El documento no enfatiza de manera adecuada el hecho de que las mujeres siguen enfrentando formas agravadas de racismo, discriminación y xenofobia por su condición de género, raza y etnia, su orientación sexual, religión, edad, discapacidad, que se manifiestan en abuso y explotación sexual, exclusión, trata, tráfico y diversas formas de violencias basadas en género, tales como la violencia doméstica e institucional.
DEMANDAMOS QUE

Se diseñe y lleve a cabo un plan de trabajo, tanto de parte del sistema de la ONU como de parte de los gobiernos, con el fin de realizar la implementación inmediata de la agenda de Durban. Esto exige una voluntad política para combatir el flagelo del racismo a través de reformas institucionales (ejecutivas, legislativas, y judiciales) y cambios en la cultura publica, e implica garantizar los recursos necesarios para la implementación verdadera del DDPA.

La organización de ramas gubernamentales dirigidas hacia las equidades raciales y contra la discriminación, elevadas a los más altos niveles de estado y coordinadas con políticas universales hacia el desarrollo, la igualdad, la democracia, y los derechos humanos. Que las políticas universales reconozcan los principios de reparaciones en vista de los legados de la esclavitud y colonialismo, y que se implementen políticas de acción afirmativa.
Se garantice un rol mas activo y protagónico a la sociedad civil en la discusión y deliberación que define el plan de acción de Durban y en el monitoreo de su implementación por parte de los gobiernos. Esto implica mayor representación y recursos para que la sociedad civil real y efectivamente pueda cumplir un rol clave en el proceso de Durban.
Que los Estados Americanos ratifiquen y atribuyan Estatus Constitucional a los tratados internacionales de Derechos Humanos contra la discriminación y el racismo, incluyendo entre otras: la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, la Convención Internacional para la Eliminación de toda Forma de Discriminación Racial, la convención relativa a la lucha contra las discriminaciones en la esfera de la enseñanza, la Convención para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra las Mujeres, y la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de los Trabajadores Migrantes y de sus Familias.
Que los Estados ratifiquen e implementen el Convenio 100 de la OIT que trata de la relación de género en materia de igualdad salarial entre hombres y mujeres, asi como el Convennio 111 de la OIT que prohíbe todo tipo de discriminacion en el ambiente de trabajo.
Que todos los Estados de la región que no hayan ratificado el ICERD lo hagan y que los Estados que tengan reserva al artículo 14 lo ratifiquen, reconociendo la competecia para las peticiones individuales.
Concluir con las negociaciones de la Convención Interamericana para la Eliminación del Racismo y todas las Formas de Discriminación e Intolerancia.
Así mismo, exhortamos a los países que aun no han ratificado la Declaración mencionada ni el Convenio 169 de la OIT lo hagan efectivo.
Se le otorgue un lugar más fundamental a medidas contra la homofobia y de respeto al derecho a la orientación sexual y la identidad de genero en la agenda de Durban.
10. Que dentro del proceso de Durban se fortalezcan y elaboren los principios y medidas, y se implementen acciones concretas para combatir las multiples formas de discriminación contra las mujeres.
11. Se reconozca en la agenda de Durban la libertad religiosa, incluyendo el derecho a practicar religiones de matriz Africana, que se articule y promueva oposición a todos los fundamentalismos incluyendo aquellos que atentan contra la libertad sexual y reproductiva de mujeres, homosexuales, lesbianas, travestis, transgéneros y transexuales.
12. Se reconozcan la xenofobia y la discriminación contra los migrantes como uno de los problemas mayores de hoy día, especialmente la discriminación contra mujeres migrantes.
13. Reformas estructurales en un plazo no mayor de 3 años a los sistemas de judiciales y a los procedimientos penales que garanticen un acceso a la justicia sin discriminación para los jóvenes afrodescendientes, en particular los jóvenes afrodescendientes LGBT, así como medidas efectivas que enfrenten la criminalidad y la brutalidad policial.
14. La protección, restitución y administración del acervo y patrimonio cultural y material de afrodescendientes e indígenas incluyendo nuestros lugares sagrados, nuestros territorios ancestrales, religiones tradicionales, lengua, música, danza, conocimiento medicinal, monumentos y todas las expresiones en todos los aspectos de nuestras culturas materiales, intelectuales y espiritual.
15. Políticas públicas inmediatas que garantice los derechos de la infancia, adolescencia y juventud afrodescendiente e indigenas especialmente con relación al acceso universal y permanencia en el sistema educativo que considere su identidad cultural y el derecho a la no discriminación en el marco de la Convención Internacional de los derechos de los niños.
16. Involucrar en el debate, toma de decisiones y monitoreo de las políticas públicas a todos los pueblos y grupos discriminados y apoyar la causa de los gitanos conforme a lo aprobado en Santiago en el 2000.
17. Desarrollar acciones efectivas como la consulta previa con consentimiento previo, libre e informado para la protección de los territorios ancestrales históricamente habitados por los pueblos afrodescendientes e indígenas como los quilombos en Brasil, los consejos comunitarios de comunidades negras y resguardos indígenas en America Latina.
18. Crear y sostener un Foro Permanente para Africanos y Afrodescendientes dentro del sistema de la ONU.
19. Reactivar la iniciativa de la creación del Comité Internacional de Jóvenes reafirmado el punto 216 del DDPA, con carácter amplio y representativo, de manera a facilitar el dialogo entre los jóvenes en nivel nacional e internacional sobre el racismo, discriminación racial, xenofobia e intolerancias conexas.
20. El asegurar que en la próxima ronda de censos se produzcan datos desagregados por género, raza, etnia y religión de las poblaciones que están siendo censadas.
21. Realizar otra reunión para evaluar e impulsar con vitalidad y certeza la agenda de Durban en el año 2011, a la cual llamaríamos Durban + 10.
Para concluir reafirmamos nuestro compromiso con los principios profundamente democráticos articulados en la Declaración y Plan de Acción de Durban. Mientras haya racismo no habrá democracia. Por eso es imperativo el convertir a la agenda de Durban en una fuerza viva por la justicia e igualdad. Es un pilar en el poder transformativo de nuestros movimientos que trabajan día a día por un mundo libre de discriminación, donde se promueva la igualdad en la diferencia y la ciudadanía sustantiva. En el mejor espíritu de la Declaración y Plan de Acción de Durban, reivindicamos el rescate y cultivo de nuestra memoria colectiva de lucha y vida como una garantía de que al recordar el pasado hemos de construir en el presente un futuro de democracia plena y libertad.

Mal Día para pescar

Estreno del film "Mal día para pescar"Dirigida por Álvaro BrechnerGuión de Álvaro Brechner en colaboración de Gary PiquerBasado en el cuento “Jacob y el otro” de Juan Carlos Onetti con Gary Piquer, Jouko Ahola, Antonella Costa, César Troncoso, Bruno Aldecosea, Roberto PankowUruguay, España


Nota: Amanda Espinosa durante el rodaje de la Pelicula Mal dia para pescar.
Foto: F. Morán. (Agosto de 2008).

― 100 minutos35mm - COLOR

Producción: Baobab Films, Telespan 2000, Expresso

FilmsSinopsis: Dos peculiares buscavidas viajan por Latinoamérica: Orsini, un empresario pícaro, cínico e ingenioso, que se autodenomina “Príncipe”; y su representado, Jacob van Oppen, un forzudo, envejecido e incontrolable ex campeón Mundial de Lucha Libre, a quien su manager sólo consigue apaciguar al arrullo de Lili Marlene. Buscando mantener viva la épica que un día les unió se embarcan en una larga e interminable gira de exhibiciones por perdidos pueblos, tras la cual Orsini –asegura con convicción- el campeón reconquistará su titulo. Al llegar a Santa María, buscando atraer la curiosidad del pueblo, el manager hace público un desafío por este inaudito espectáculo: 1000 dólares a quien sea capaz de resistir tres minutos en el ring con el campeón. Los acontecimientos toman un rumbo inesperado cuando una ambiciosa y pequeña muchacha empuja a su novio –un almacenero joven y gigante apodado “el Turco” por su largo bigote- a aceptar el desafío. El manager, que ni tiene los mil dólares ni confía en que su luchador pueda resistir la pelea, hará lo imposible para evitar que el combate se celebre.

Se acerca la Movida Joven - Campaña No te Rifes con el Sida

Al igual que en al edición 2008 del concurso de Cuerdas de Tambores en el marco de la Movida Joven, esperamos poder llegar a más barrios con la mejor arma para combatir el VIH como lo es la información. Para ello los invitamos a todas y todos los que quieran participar de la Campaña 2009: "No te Rifes con el Sida", en la cual repartiremos condones a las cuerdas jóvenes, folletería y lo más importante trabajeremos en el mano a mano con la gente.



El correo de contacto es acsuncul@gmail.com para ser parte de esta iniciativa repartiendo los materiales. Le rogamos encabecen el correo con el tema no te rifes con el Sida.

Para que hagan un poco de boca le dejamos la fecha de las distintas cuerdas de tambores.

Sabado 3/10

15:00 hs. Njinga Uhuru
16:30 hs. La Reductense
18:00 hs. La del sur
19:30 hs. Candombe entre amigos

Domingo 4/10

15:00 hs.
16:30 hs. Más que lonja
18:00 hs. Tambor Yango
19:30 hs. Lualabá

Sabado 10/10

15:00 hs. Ecos de tambores
16:30 hs. Vida lonja
18:00 hs. Hay que darle
19:30 hs. Comparsa amigos de las bochas del Parque Rodo

Domingo 11/10

15:00 hs. Cenceribo
16:30 hs. Nigeria
18:00 hs. Malawi
19:30 hs. Montevilonja

Sabado 17/10

15:00 hs. La chica
16:30 hs. Kiamba
18:00 hs. La 14
19:30 hs. Batea

Domingo 18/10

15:00 hs. La roma
16:30 hs. La sub 20
18:00 hs. Yoruba
19:30 hs. Pascua Candombe

jueves, 20 de agosto de 2009

Informe Uruguay ante el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales


La Cancilleria a través de la Dirección General para los Derechos Humanos nos informe en el día de ayer que el 24 de setiembre de 2009 en Ginebra esta agendada la aprobación por el Consejo de Derechos Humanos del informe sobre uruguay, en virtud del mecanismo de examen periódico universal.

Se prevé solo una hora por país correspondiendo 20 minutos al estado concernido, 20 minutos para preguntar y comentarios por otros estados y 20 minutos para las ongs (que se inscriban con las secretaría el dia previo - 2 mins. cada una).

Uruguay deberá en esta ocasión hacer un repaso de los avances constatados en temas de derechos humanos en el país desde el 11 de mayo de 2009 cuando se produjo el diálogo interactivo con estados en el grupo de trabajo del mecanismo de examen periódico universal, así como repasar las iniciativas en curso o proyectadas, contestar preguntas o dudas que no hubiera respondido por falta de tiempo en aquella ocasión, y formular compromisos, de entenderlo pertinente.

Dado que debiera abordarse particularmente las recomendaciones que le fueron formuladas a uruguay por sus pares en el grupo de trabajo del examen periódico universal, en caso de entender oportuno hacerlo por escrito previo a la reunión debiera hacerse en los próximos días, a fin de permitir su traducción. la extensión máxima del documento es de unas cinco páginas (2.675 palabras). allí se repasarían estos tres meses pasados y lo que queda pendiente pues requiere de mayor tiempo. se anexa las 88 recomendaciones, aceptadas por uruguay, pudiéndose consultar el informe completo del 13.05.09 (en ingles) en la página web del ministerio de relaciones exteriores.
Clickeando en el siguiente link podrán acceder al informe:
http://www.mrree.gub.uy/gxpsites/agxppdwn?7,1,87,O,S,0,3505%3BS%3B1%3B406,

Se recuerda que los grandes temas son adolescentes privados de libertad / justicia penal adolescente, derechos de los niños (elevar edad mínima para el matrimonio), derechos de las mujeres (trata, etc.), sistema penitenciario y sistema penal, ley de caducidad, etc.

UNIFEM, SEGIB e SEPPIR firman cooperación para projetos de combate al racismo

Más inversión en la política brasileña de la igualdad racial. Este es el objeto de cooperación firmado el lunes (17 / 8) entre el UNIFEM, la SEGIB (Secretaría General Iberoamericana) y Seppo (Secretaría Especial de Políticas para la Promoción de la Igualdad Racial), en Brasilia.

Ministro Edson Santos (SEPPIR), Rebecca Reichmann Tavares (UNIFEM) y Enrique Iglesias (SEGIB)


El documento, firmado por el representante del UNIFEM, Rebecca Reichmann Tavares, el Secretario General Iberoamericano, Enrique Iglesias, y el Ministro Edson Santos, proporciona el marco para el desarrollo de proyectos de lucha contra el racismo y el sexismo, la discriminación racial y la promoción de la igualdad de género y la protección derechos de las personas y grupos afectados por la discriminación racial y étnica y otras formas de intolerancia, con énfasis en la población indígena y afrodescendientes.

"Este es un trabajo en seis manos. Tenemos tres acciones que se facilitó por la cooperación. La formación de los líderes de afrodescendientes y los pueblos indígenas, la creación del Seminario Iberoamericano de indígenas y afrodescendientes, en Salvador, y el proyecto Quilombos de las Américas", anunció el Ministro Edson Santos, después de firmar el acuerdo.

Los mecanismos de cooperación y presenta el trabajo de los estudios e investigaciones, la organización y celebración de reuniones y seminarios, enviar y recibir tareas, la capacitación y el intercambio de información, los datos de la encuesta, entre otros. El documento abarca las áreas de trabajo, el empleo y los ingresos, la cultura y la comunicación, la educación, la salud, la tierra de los quilombos, la juventud, seguridad, relaciones internacionales, centrándose en la perspectiva de género y las directivas de Planapir (Plan Nacional para la Promoción de la Igualdad Racial ).

Fuente: UNIFEM

Ronda de Trabajo para Censos 2010 en América Latina y el Caribe

La Alta Comisaría de Derechos Humanos de ONU recibe a afrodescendientes para tratar la Ronda de Censos de 2010

El Plan de Acción de Durban será nuevamente tema de debate, la próxima semana, en la Alta Comisaría de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, en Ginebra. El 24 de agosto, el Grupo de Trabajo sobre Afrodescendientes en la Ronda de Censos de 2010, presentará el plan estratégico de la sociedad civil para monitoriamento de la inclusión de la variable de raza y etnia en los censos demográficos y sensibilización de los afrodescendientes para auto-declaración.

En Ginebra, el grupo también se reunirá con el Grulac (Grupo de Países Latinoamerianos y del Caribe) y con la Unidad de Antidiscriminación de las Naciones Unidas, para conseguir apoyo para el monitoriamiento de los afrodescendientes en la Ronda de Censos de 2010 junto con los institutos nacionales de estadísticas. La recolección, análisis y difusión de los datos estadísticos y la apreciación sistemática de la situación de los grupos e individuos que son víctimas de racismo, discriminación racial, xenofobia e otras intolerancias relacionadas constituyen uno de los artículos del Plan de Acción de Durban.

“Queremos acentuar la importancia del trabajo sobre derechos humanos en América Latina y El Caribe y enfocarnos en la población afrodescendiente como una prioridad estratégica para garantizar los derechos humanos en la región”, declara Humberto Brown, uno de los integrantes del Grupo que se reunirá con la Alta Comisaria de Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Navi Pillay.

Según la Cepal, los censos son la única fuente de información de carácter universal que capta las pequeñas poblaciones y permite la disgregación de datos poblacionales en diferentes escalas territoriales. “Es necesario constatar las brechas en relación a los problemas nacionales de los afrodescendientes y recolectar informaciones cualitativas sobre cómo viven, dónde están, la forma en que los afrodescendientes tiene acceso a las políticas públicas y cómo el Estado ha venido enfrentando el racismo”, afirma Epsy Campbell Bar, miembro del Grupo de Trabajo sobre Afrodescendientes y Ronda de Censos de 2010.

Para Maria Inês Barbosa, coordinadora del programa regional de Género, Raza y Etnia de UNIFEM en Brasil, Bolivia, Guatemala y Paraguay, los datos disgregados permiten establecer una serie de indicadores y metas específicas para enfrentar el racismo, además de permitir importantes estudios comparativos. “UNIFEM comprende esa producción y el análisis de datos estadísticos como un instrumento fundamental para formular políticas públicas. El hecho de que se incluya la variable de raza y etnia en los censos 2010 constituye una oportunidad para asegurarnos que se genere información sobre los afrodescendientes”, dice Maria Inês Barbosa.

Monitoramiento
Actuando prioritariamente en Brasil, Ecuador, Venezuela y República Dominicana, el Grupo de Trabajo sobre Afrodescendientes y Ronda de Censos 2010 va a asesorar a la División de Población de la Cepal (Comisión Económica para América Latina y El Caribe) durante los censos nacionales de 2010 a 2012.

El grupo se formó en junio de 2009, durante el Seminario Internacional de Datos Disgregados por Raza y Etnia de la Población Afrodescendientes de las Américas. Cuenta con la representación de los siguientes países: Brasil, Colombia, Costa Rica, Cuba, Ecuador, Estados Unidos, Panamá, Perú, Puerto Rico y Venezuela.

Fuente: UNIFEM

Documento Final Seguimiento de Durban 2009


SECCIÓN 1

Estudio de los progresos hechos y evaluación de la aplicación de la Declaración y Programa de Acción de Durban por todos los interesados en los planos nacional, regional e internacional, incluyendo las manifestaciones contemporáneas de racismo, discriminación racial, xenofobia y formas conexas de intolerancia.

1. Reafirma la Declaración y el Programa de Acción de Durban tal como se aprobaron en la Conferencia Mundial contra el Racismo, la Discriminación Racial, la Xenofobia y las Formas Conexas de Intolerancia en 2001;

2. Reafirma el compromiso de prevenir, combatir y erradicar el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia, que fue la base para celebrar la Conferencia Mundial contra el Racismo, la Discriminación Racial, la Xenofobia y las Formas Conexas de Intolerancia en 2001;

3. Toma nota de los esfuerzos desplegados en todos los niveles y acoge con beneplácito los progresos logrados desde la aprobación de la Declaración y el Programa de Acción de Durban para llevar a efecto sus disposiciones;

4. Expresa su preocupación porque aún no se han afrontado y superado los desafíos y obstáculos señalados en la Declaración y el Programa de Acción de Durban para prevenir, combatir y erradicar eficazmente el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia y porque aún hay muchas esferas en que no se ha conseguido avanzar o en que deben hacerse más progresos;

5. Destaca la necesidad de combatir con mayor determinación y voluntad política todas las formas y manifestaciones del racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia en todas las esferas de la vida y en todas partes del mundo, en particular todas las sometidas a ocupación extranjera;

6. Reafirma que todos los pueblos e individuos constituyen una única familia humana, rica en su diversidad, y que todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos; y rechaza enérgicamente toda doctrina de superioridad racial, junto con las teorías que intentan determinar la existencia de las llamadas razas humanas distintas;

7. Reitera que la diversidad cultural es un valioso elemento para el adelanto y el bienestar de la humanidad en general y que debe valorarse, disfrutarse, aceptarse auténticamente y adoptarse como característica permanente que enriquece nuestras sociedades;

8. Reitera que la pobreza, el subdesarrollo, la marginación, la exclusión social y las desigualdades económicas están estrechamente vinculadas con el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia y contribuyen a la persistencia de actitudes y prácticas racistas, que a su vez generan más pobreza;

9. Reafirma la responsabilidad de los gobiernos de salvaguardar y proteger los derechos de las personas que se hallan bajo su jurisdicción frente a los delitos cometidos por individuos o grupos, o por agentes del Estado, racistas o xenófobos;

10. Condena la legislación, las políticas y las prácticas basadas en el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia, que son incompatibles con la democracia y la gobernanza transparente y responsable;

11. Reafirma que la democracia y una gobernanza transparente, responsable, participativa y que rinda cuentas en los planos nacional, regional e internacional, sensible a las necesidades y las aspiraciones de la población, son fundamentales para prevenir, combatir y eliminar efectivamente el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia;

12. Deplora la generalización en el ámbito mundial y el número de incidentes de intolerancia y violencia raciales o religiosas, con inclusión de la islamofobia, el antisemitismo, la cristianofobia y el antiarabismo, que se manifiestan, en particular, en la creación de estereotipos negativos y la estigmatización de personas en función de su religión o sus creencias, y a ese respecto insta a todos los Estados Miembros de las Naciones Unidas a que apliquen el párrafo 150 de la Declaración y el Programa de Acción de Durban;

13. Reafirma que las leyes deben prohibir toda apología del odio nacional, racial o religioso que constituya incitación a la discriminación, la hostilidad o la violencia; reafirma además que la difusión de ideas basadas en la superioridad racial o el odio racial, la incitación a la discriminación racial y todos los actos de violencia y la incitación a tales actos deben ser tipificados como delitos punibles por ley, de conformidad con las obligaciones internacionales de los Estados, y que esas prohibiciones son compatibles con la libertad de opinión y de expresión;

14. Constata que el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia aún figuran entre las causas profundas de conflictos armados y con gran frecuencia son una de sus consecuencias, lamenta los casos de conflictos armados y de violencia étnica o religiosa y señala las disposiciones pertinentes del documento final de la Cumbre Mundial 2005, en particular los párrafos 138 y 139;

15. Reafirma que los principios de la igualdad y la no discriminación son principios fundamentales de las normas internacionales de derechos humanos y del derecho internacional humanitario que son esenciales en la lucha contra el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia;

16. Expresa su reconocimiento por los avances hechos en lo que respecta a la situación de las víctimas del racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia identificada en la Declaración y el Programa de Acción de Durban, a la vez que lamenta que aún persistan el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y otras formas conexas de intolerancia, incluidas sus formas y manifestaciones contemporáneas;


17. Reconoce que todas las víctimas del racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia deben recibir por igual la atención y protección necesarias y el tratamiento adecuado que corresponda;

18. Considera que prevenir, combatir y erradicar el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia son tareas de importancia crucial y elementos clave para promover la cohesión y la solución pacífica de las tensiones entre las comunidades;
19. Subraya la necesidad de aumentar la adopción de medidas preventivas adecuadas para eliminar todas las formas de discriminación racial, y destaca el importante papel que incumbe a los gobiernos, las organizaciones internacionales y regionales, las instituciones nacionales de derechos humanos, los medios de comunicación, las ONG y la sociedad civil en la elaboración de esas medidas;

20. Observa con reconocimiento las actividades realizadas en los planos local y nacional por distintas redes de información sobre el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia, que reúnen información a ese respecto y elaboran estrategias, a la vez que destacan y difunden las buenas prácticas que pueden ayudar a los órganos e instituciones nacionales a elaborar estrategias para prevenir, combatir y erradicar el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia;

21. Acoge con satisfacción las iniciativas preventivas para combatir la discriminación en el empleo, tales como los programas de formación y asesoramiento de las personas excluidas pertenecientes a minorías para ayudarlas a entrar en el mercado laboral, los programas para empleadores destinados a combatir la discriminación o a aumentar la conciencia cultural, algunos ejemplos de programas de mentores y de acción positiva en la contratación y algunos otros experimentos relacionados con el cumplimiento de contratos y las solicitudes de empleo anónimas;

22. Valora las medidas adoptadas a nivel nacional para promover la educación sobre los derechos humanos en todas partes del mundo después de la aprobación en 2001 de la Declaración y el Programa de Acción de Durban, sobre todo para sensibilizar al público en general y fomentar el respeto de la diversidad cultural;

23. Toma nota con reconocimiento del creciente número de iniciativas para promover el diálogo intercultural, y afirma que es necesario intensificar la intervención de todas las partes interesadas en un diálogo constructivo y auténtico basado en la comprensión y el respeto mutuos;

24. Acoge complacida las numerosas actividades de sensibilización en que participan los Estados para luchar contra el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia, entre otras cosas mediante el apoyo financiero a proyectos de la sociedad civil;

25. Observa con preocupación la situación precaria de los defensores de los derechos humanos y las ONG, incluidas las que combaten el racismo, que socava
la lucha contra el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia;

26. Celebra la aprobación de legislación, en los planos nacional y regional, para luchar contra la discriminación y la victimización, como se definen en la Declaración y el Programa de Acción de Durban, en el empleo y la capacitación, el suministro de bienes, instalaciones y servicios, la educación, la vivienda y el acceso a la administración pública;

27. Recuerda la importancia de un poder judicial competente, independiente e imparcial para determinar en un procedimiento justo y público si las alegaciones y los hechos que tiene ante sí constituyen actos de racismo, discriminación racial, xenofobia y formas conexas de intolerancia de conformidad con las normas internacionales de derechos humanos, con el fin de garantizar medidas de recurso efectivo y resarcimiento adecuado a las víctimas;

28. Reitera su llamamiento a los Estados a que apliquen todos los compromisos derivados de las conferencias internacionales y regionales en las que hayan participado, y a que formulen políticas y planes de acción nacionales para prevenir, combatir y erradicar el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia;

SECCIÓN 2

Evaluación de la eficacia de los actuales mecanismos de seguimiento de Durban y otros mecanismos de las Naciones Unidas que se ocupan de la cuestión del racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia, a fin de reforzarlos

29. Toma nota con reconocimiento de los esfuerzos por prevenir, combatir y erradicar el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia de todos los mecanismos establecidos a petición de la Conferencia Mundial contra el Racismo, a saber, el Grupo de Trabajo Intergubernamental sobre la aplicación efectiva de la Declaración y el Programa de Acción de Durban, el Grupo de Trabajo de Expertos sobre las Personas de Ascendencia Africana y el Grupo de Expertos Eminentes Independientes, así como de las contribuciones que han hecho para aplicar la Declaración y el Programa de Acción;

30. Se congratula por el importante papel desempeñado por el Relator Especial sobre las formas contemporáneas de racismo, discriminación racial, xenofobia y formas conexas de intolerancia y todos los demás procedimientos y mecanismos especiales pertinentes en la lucha contra el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia, y exhorta a los Estados a que cooperen plenamente con esos mecanismos;

31. Reconoce la necesidad de aumentar la eficacia de los mecanismos que se ocupan del racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de SECCIÓN 2
Evaluación de la eficacia de los actuales mecanismos de seguimiento de Durban y otros mecanismos de las Naciones Unidas que se ocupan de la cuestión del racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia, a fin de reforzarlos

29. Toma nota con reconocimiento de los esfuerzos por prevenir, combatir y erradicar el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia de todos los mecanismos establecidos a petición de la Conferencia Mundial contra el Racismo, a saber, el Grupo de Trabajo Intergubernamental sobre la aplicación efectiva de la Declaración y el Programa de Acción de Durban, el Grupo de Trabajo de Expertos sobre las Personas de Ascendencia Africana y el Grupo de Expertos Eminentes Independientes, así como de las contribuciones que han hecho para aplicar la Declaración y el Programa de Acción;

30. Se congratula por el importante papel desempeñado por el Relator Especial sobre las formas contemporáneas de racismo, discriminación racial, xenofobia y formas conexas de intolerancia y todos los demás procedimientos y mecanismos especiales pertinentes en la lucha contra el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia, y exhorta a los Estados a que cooperen plenamente con esos mecanismos;

31. Reconoce la necesidad de aumentar la eficacia de los mecanismos que se ocupan del racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de
intolerancia, con miras a lograr una mejor sinergia, coordinación, coherencia y complementariedad en su labor;

32. Reafirma su apoyo al mandato del Asesor Especial del Secretario General sobre la Prevención del Genocidio, que sirve, entre otras cosas, de mecanismo de alerta temprana para prevenir situaciones que podrían dar lugar a un genocidio;

SECCIÓN 3

Promoción de la ratificación universal y la aplicación de la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial, teniendo deliberadamente en cuenta las recomendaciones del Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial

33. Reafirma que la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial es el principal instrumento internacional para prevenir, combatir y erradicar el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia;

34. Afirma que la plena aplicación de la Convención es fundamental en la lucha contra todas las formas y manifestaciones de racismo y discriminación racial que se producen actualmente en todo el mundo;

35. Toma nota de la interpretación que hace el Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial del concepto de la discriminación racial según figura en la Convención, una interpretación que permite afrontar las formas múltiples o agravadas de discriminación;

36. Acoge con beneplácito el hecho de que varios países hayan ratificado la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial desde la celebración de la Conferencia Mundial de 2001, si bien lamenta que no se lograra hacer realidad el objetivo de la ratificación universal para 2005;

37. En ese contexto, reitera su llamamiento a los Estados que todavía no lo hayan hecho a que consideren la posibilidad de ratificar la Convención o no de adherirse a ella como cuestión de máxima prioridad;

38. Reitera su llamamiento a los Estados partes en la Convención a que estudien la posibilidad de hacer la declaración de conformidad con su artículo 14 para permitir a las víctimas obtener la reparación prevista, y pide a los Estados partes que hayan hecho la declaración de conformidad con el artículo 14 de la Convención que den a conocer mejor ese procedimiento de forma que se aprovechen plenamente sus posibilidades;

39. Insta a los Estados partes en la Convención a que retiren aquellas reservas que sean contrarias al objetivo y propósito de la Convención y consideren la posibilidad de retirar otras reservas 40. Expresa su preocupación por las demoras en la presentación de informes por los Estados partes al Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial, lo que dificulta la aplicación efectiva de la Convención y obstaculiza el funcionamiento del Comité y su función de vigilancia, y reitera que la presentación oportuna de informes por los Estados partes es una obligación en virtud del artículo 9 de la Convención, instando a los Estados partes a que cumplan sus obligaciones en materia de presentación de informes;

40. Expresa su preocupación por las demoras en la presentación de informes por los Estados partes al Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial, lo que dificulta la aplicación efectiva de la Convención y obstaculiza el funcionamiento del Comité y su función de vigilancia, y reitera que la presentación oportuna de informes por los Estados partes es una obligación en virtud del artículo 9 de la Convención, instando a los Estados partes a que cumplan sus obligaciones en materia de presentación de informes;

41. Alienta a los Estados partes a que incluyan en sus informes periódicos información sobre los planes de acción u otras medidas para aplicar la Declaración y el Programa de Acción de Durban;

42. Reconoce que el proceso de presentación de informes debería alentar y facilitar, en el plano nacional, el examen público de las políticas gubernamentales y el compromiso constructivo con agentes pertinentes de la sociedad civil, en un espíritu de cooperación y respeto mutuo, con el fin de progresar en el disfrute de todos los derechos protegidos por la Convención y, en ese contexto, alienta a los Estados partes a que colaboren con las instituciones nacionales de derechos humanos y la sociedad civil en la preparación de sus informes periódicos y el seguimiento de esos informes;

43. Alienta a las ONG a que sigan proporcionando al Comité la información pertinente para el proceso de presentación de informes;

44. Observa con reconocimiento el procedimiento de alerta temprana y acción urgente, así como el procedimiento de seguimiento establecido por el Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial, que, aplicados en cooperación con los Estados interesados, pueden propiciar la aplicación correcta de la Convención;

45. Destaca la importancia de establecer mecanismos nacionales eficaces de vigilancia y evaluación para garantizar que se adopten todas las medidas adecuadas para dar seguimiento a las observaciones finales y las recomendaciones generales del Comité;

46. Subraya, aun reconociendo la responsabilidad primordial de los Estados en el cumplimiento de sus obligaciones con arreglo a la Convención, que la cooperación internacional y la asistencia técnica desempeñan una función importante en la asistencia a los países para que cumplan con dichas obligaciones y den seguimiento a las recomendaciones del Comité, y pide a la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos (ACNUDH) que preste, cuando así se le solicite, asistencia oportuna a los países que tengan limitaciones de capacidad y de otro tipo;

47. Subraya la importancia de la enmienda al artículo 8 de la Convención, relativa a su financiación, e invita a los Estados partes a que la ratifiquen, y pide que se asignen recursos adicionales suficientes, con cargo al presupuesto ordinario de las Naciones Unidas, a esa financiación para que el Comité pueda cumplir plenamente con su mandato;

SECCIÓN 4

Determinación e intercambio de las prácticas óptimas a que se ha llegado a nivel nacional, regional e internacional en la lucha contra el racismo, la discriminación
racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia

48. Toma nota con interés de los ejemplos de prácticas óptimas a todos los niveles aportados por gobiernos, organizaciones regionales e internacionales y otros interesados, entre ellas las instituciones, las disposiciones y las leyes destinadas a prevenir, combatir y erradicar el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia;

49. Considera que un amplio intercambio de prácticas óptimas en todas las regiones del mundo, con el fin de prevenir, combatir y erradicar el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia, puede ayudar a los gobiernos, los parlamentos, el poder judicial, los interlocutores sociales y la sociedad civil a aplicar eficazmente las disposiciones de la Declaración y el Programa de Acción de Durban en los casos en que se considere conveniente adaptar o reproducir las prácticas óptimas, incluida la cooperación internacional;

50. Recomienda que los ejemplos de prácticas óptimas proporcionados por gobiernos, organizaciones regionales e internacionales y otros interesados se coloquen en el sitio web del ACNUDH y se enlacen con la sección dedicada al resultado de la Conferencia de Examen de Durban, con vistas a su adaptación y reproducción, y recomienda que el ACNUDH actualice su sitio web debida y oportunamente;

SECCIÓN 5

Determinación de nuevas medidas e iniciativas concretas a todos los niveles para combatir y eliminar todas las manifestaciones de racismo, discriminación racial, xenofobia y formas conexas de intolerancia a fin de fomentar la aplicación de la Declaración y el Programa de Acción de Durban y hacer frente a los desafíos y obstáculos que ello plantea, teniendo en cuenta también los hechos nuevos que se han producido desde su aprobación en 2001

51. Destaca la necesidad de que se adopte un enfoque amplio y universal para prevenir, combatir y erradicar el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia en todas sus formas y manifestaciones en todas partes del mundo;

52. Subraya su determinación y voluntad de velar por la aplicación plena y efectiva de la Declaración y el Programa de Acción de Durban, que constituyen un sólido fundamento de la lucha contra el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia;

53. Destaca la necesidad de movilizar la voluntad política de los interlocutores pertinentes en todos los niveles, que es esencial para eliminar el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia;

54. Reafirma la contribución positiva que el ejercicio del derecho a la libertad de opinión y de expresión, así como el pleno respeto de la libertad de buscar, recibir y comunicar información, pueden hacer a la lucha contra el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia, en consonancia con las disposiciones pertinentes del derecho, los instrumentos, las normas y los principios de derechos humanos;

55. Pide a todos los Estados que inicien campañas eficaces en los medios de comunicación para intensificar la lucha contra todas las manifestaciones de racismo, discriminación racial, xenofobia y formas conexas de intolerancia, entre otras cosas difundiendo la Declaración y el Programa de Acción de Durban y sus mecanismos de seguimiento y dándoles la debida visibilidad;

56. Pide a los Estados que adopten medidas eficaces, tangibles e integrales para prevenir, combatir y erradicar todas las formas y manifestaciones de racismo, discriminación racial, xenofobia y formas conexas de intolerancia;

57. Pide a los Estados que luchen contra la impunidad por los actos de racismo, discriminación racial, xenofobia y formas conexas de intolerancia, garanticen un acceso rápido a la justicia y otorguen una compensación justa y adecuada a las víctimas;
58. Subraya que el derecho a la libertad de opinión y de expresión constituye uno de los fundamentos esenciales de una sociedad democrática y pluralista, y subraya además la función que esos derechos pueden cumplir en la lucha contra el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia en todo el mundo;

59. Invita a los gobiernos y a sus fuerzas de seguridad a que recopilen información fidedigna sobre los delitos motivados por el odio a fin de reforzar su labor de lucha contra el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia;

60. Exhorta a los Estados a que sancionen las actividades violentas, racistas y xenófobas de los grupos basados en ideologías de neonazis, neofascistas y otras ideologías nacionalistas violentas;

61. Reitera su llamamiento a los Estados desarrollados, las Naciones Unidas y sus organismos especializados, así como a las instituciones financieras internacionales, para que adopten medidas tangibles a fin de cumplir los compromisos enunciados en los párrafos 157, 158 y 159 de la Declaración y el Programa de Acción de Durban;

62. Recuerda que la esclavitud y la trata de esclavos, en particular la trata transatlántica de esclavos, el apartheid, el colonialismo y el genocidio, jamás deben olvidarse y, a este respecto, acoge con beneplácito las medidas adoptadas para honrar la memoria de las víctimas;

63. Toma nota de las iniciativas de los países que, en relación con esas tragedias del pasado, han manifestado remordimiento, pedido disculpas, iniciado mecanismos institucionalizados como las comisiones de la verdad y la reconciliación
y/o devuelto bienes culturales desde la aprobación de la Declaración y el Programa de Acción de Durban, y pide a los que todavía no han contribuido a restablecer la dignidad de las víctimas que busquen la manera adecuada de hacerlo;

64. Insta a todos Estados a aplicar las resoluciones 61/19, 62/122 y 63/5 de la Asamblea General, relativas a la trata transatlántica de esclavos;

65. Insta a los Estados a luchar contra la impunidad por los crímenes de genocidio de conformidad con el derecho internacional, en particular la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio, de 1948, y en este contexto, los exhorta a que cooperen con los tribunales penales internacionales, según lo establecido en el párrafo 82 de la Declaración y el Programa de Acción de Durban;

66. Recuerda que jamás se debe olvidar el holocausto y, en este contexto, insta a todos los Estados Miembros a aplicar las resoluciones 60/7 y 61/255 de la Asamblea General;

67. Insta a los Estados a velar por que toda medida de lucha contra el terrorismo se aplique respetando plenamente todos los derechos humanos, en particular el principio de no discriminación, y en este contexto insta a todos los Estados Miembros a llevar a efecto las disposiciones pertinentes de las resoluciones 60/288 y 62/272 de la Asamblea General;

68. Manifiesta su preocupación porque en los últimos años se ha observado un aumento de los actos de incitación al odio dirigidos contra comunidades raciales y religiosas y contra personas pertenecientes a minorías raciales y religiosas que se han visto gravemente afectadas, actos en los cuales se ha recurrido ya sea a medios de difusión impresos, audiovisuales o electrónicos o a cualesquiera otros medios provenientes de fuentes diversas;

69. Resuelve, como se dispone en el artículo 20 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, prohibir plena y eficazmente toda apología del odio nacional, racial o religioso que constituya incitación a la discriminación, la hostilidad o la violencia, y hacer efectiva esa disposición mediante la adopción de todas las medidas legislativas, normativas y judiciales que sean necesarias;

70. Insta a los Estados a que refuercen las medidas destinadas a eliminar las barreras y a dar a las personas de ascendencia africana y asiática, a los pueblos indígenas y a las personas pertenecientes a minorías nacionales o étnicas, religiosas y lingüísticas oportunidades de participar en mayor medida y más eficazmente en las esferas política, económica, social y cultural de la sociedad, y a que presten especial atención a la situación de la mujer, en particular su integración en la práctica en el mercado laboral y en programas de generación de ingresos y de empleo;

71. Insta a los Estados a adoptar una perspectiva social y de derechos humanos al enfrentar la violencia que viven los jóvenes indígenas y los jóvenes de ascendencia africana, particularmente en las periferias de las grandes ciudades, y a centrarse en el reforzamiento del capital social y en la prestación de asistencia a los jóvenes indígenas y a los jóvenes de ascendencia africana, así como en el fomento de su capacidad;

72. Insta a los Estados a orientar sus medidas especiales, en particular las medidas afirmativas o positivas, y sus estrategias o actividades, así como sus inversiones nuevas en atención de la salud, salud pública, educación, empleo, suministro de electricidad y de agua potable y control ambiental, hacia las comunidades de ascendencia africana y los pueblos indígenas;

73. Acoge con beneplácito la aprobación de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas, que tiene efectos positivos para la protección de las víctimas y, en ese contexto, insta a los Estados a adoptar todas las medidas necesarias para hacer efectivos los derechos de los pueblos indígenas de conformidad con los instrumentos internacionales de derechos humanos y sin discriminación;

74. Acoge con satisfacción la entrada en vigor de la Convención Internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares e insta a los Estados a que redoblen sus esfuerzos para proteger los derechos humanos de todos los migrantes, independientemente de su situación de residencia;

75. Insta a los Estados a que impidan las manifestaciones de racismo, discriminación racial, xenofobia y formas conexas de intolerancia en las zonas de entrada de las fronteras de los países, particularmente en lo que se refiere a los inmigrantes, refugiados y solicitantes de asilo, y en este contexto alienta a los Estados a que elaboren y pongan en práctica programas de capacitación para los agentes del orden y los funcionarios de los servicios de inmigración y de fronteras, los fiscales y los proveedores de servicios con miras a sensibilizarlos en relación con el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia;

76. Insta a los Estados a que adopten medidas para luchar contra la persistencia de actitudes xenófobas y la creación de estereotipos negativos de los no ciudadanos, en particular por parte de los políticos, los agentes del orden y los funcionarios de los servicios de inmigración, así como en los medios de difusión, que han conducido a actos de violencia xenófoba, a asesinatos y a la persecución de los migrantes, los refugiados y los solicitantes de asilo;

77. Insta a los Estados a que adopten un enfoque amplio y equilibrado de la migración, en particular mediante el fortalecimiento del diálogo internacional sobre la migración, el desarrollo de una verdadera cooperación entre los países de origen, de tránsito y de destino y el estudio de todas las posibles sinergias entre la gestión de la migración y la promoción del desarrollo, teniendo plenamente en cuenta, al mismo tiempo, los derechos humanos de los migrantes;

78. Pide nuevamente a todos los Estados que examinen y, cuando sea necesario, revisen sus políticas de inmigración que sean incompatibles con las obligaciones en materia de derechos humanos, con miras a eliminar todas las políticas y prácticas discriminatorias;

79. Insta a los Estados que aún no lo hayan hecho a que promulguen y apliquen disposiciones legislativas para proteger a los trabajadores migratorios que sean empleados domésticos, cualquiera que sea su situación desde el punto de vista de la inmigración, en particular las mujeres, y a que den a esos trabajadores acceso a
mecanismos transparentes para la presentación de denuncias contra sus empleadores, al tiempo que subraya que esos mecanismos no deben castigar a los trabajadores migratorios, y pide a los Estados que investiguen sin demora y castiguen todos los abusos, incluidos los malos tratos;

80. Reitera que la respuesta y las políticas nacionales, regionales e internacionales, incluida la asistencia financiera, relacionadas con los refugiados y los desplazamientos internos en diferentes partes del mundo no deberían estar guiadas por ninguna forma de discriminación prohibida en el derecho internacional, e insta a la comunidad internacional a que adopte medidas concretas para dispensar la protección y la asistencia necesarias a los refugiados y a que contribuya generosamente a los proyectos y programas destinados a aliviar su penosa situación y a encontrar soluciones duraderas;

81. Insta a los Estados a que redoblen sus esfuerzos para luchar contra el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia y proteger los derechos humanos de los desplazados internos, a que apliquen estrategias amplias basadas en los derechos humanos en el cumplimiento de sus obligaciones y a que ofrezcan a los desplazados internos protección, asistencia y atención pública especial; e insta además a los Estados a que traten de hallar soluciones duraderas para los desplazados internos, soluciones que puedan incluir su regreso, su reasentamiento o su reintegración de forma digna y de acuerdo con sus propios deseos;

82. Afirma que se protegerá la existencia y la identidad nacional o étnica, cultural, religiosa y lingüística de las minorías, y que las personas pertenecientes a las minorías deben ser tratadas en pie de igualdad y deben disfrutar de los derechos humanos y libertades fundamentales sin discriminación de ningún tipo;

83. Insta a los Estados a que se abstengan de adoptar medidas discriminatorias y de promulgar o mantener disposiciones legislativas que priven arbitrariamente de la nacionalidad a algunas personas, especialmente si esas medidas tienen por efecto hacer apátrida a una persona;

84. Reconoce con profunda preocupación la persistencia del racismo, de la discriminación racial, de la xenofobia y de las formas conexas de intolerancia contra romaníes/gitanos/sinti y comunidades de itinerantes, así como la violencia que afecta a esas comunidades, e insta a los Estados a que adopten medidas concretas para prevenir, combatir y erradicar esos flagelos y para garantizar el acceso a recursos justos y eficaces y dispensar protección especial para las víctimas;

85. Observa con preocupación el aumento de los casos de formas múltiples o agravadas de discriminación y reitera que tal discriminación afecta al goce de los derechos humanos y puede llevar a que se tome particularmente como objetivo a algunas personas o a la vulnerabilidad de esas personas, e insta a los Estados a que adopten o refuercen programas o medidas encaminados a erradicar las formas múltiples y agravadas de discriminación, en particular mediante la promulgación de disposiciones legislativas penales o civiles o el mejoramiento de las disposiciones vigentes, a fin de luchar contra esos fenómenos;

86. Expresa su preocupación por la persistencia de la discriminación contra las mujeres y las niñas por motivos de raza, la discriminación racial, la
xenofobia y las formas conexas de intolerancia, y subraya la urgente necesidad de combatir tal discriminación dando prioridad a la adopción de un enfoque sistemático y coherente de la identificación, la evaluación, la vigilancia y la eliminación de esa discriminación contra las mujeres y las niñas, de conformidad con la Declaración y el Programa de Acción de Durban;

87. Destaca, en el contexto de la discriminación múltiple, la necesidad de tipificar como delito, punible por ley, todas las formas de violencia contra la mujer y de violencia contra los niños, así como el deber de facilitar el acceso a un recurso imparcial y eficaz y la importancia de brindar asistencia especializada y rehabilitación a las víctimas, en particular asistencia médica y psicológica y orientación efectiva;

88. Exhorta a los Estados a examinar, con carácter prioritario, el alcance de las políticas, los programas y las medidas concretas que hayan adoptado y aplicado para incorporar una perspectiva de género1 en todos los programas y planes de acción de lucha contra el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia, e invita a los Estados a que incluyan una evaluación de la eficacia de dichos programas y planes de acción en los informes que remitan a los órganos de tratados competentes;

89. Reconoce que, aunque todos los niños son vulnerables a la violencia, algunos niños, en razón de, entre otras cosas, su sexo, raza, origen étnico, capacidades físicas o mentales o condición social, son especialmente vulnerables y, en este contexto, exhorta a los Estados a que atiendan necesidades especiales de los menores migrantes no acompañados y los niños refugiados y a que luchen contra la explotación sexual de los niños;

90. Es consciente de que las víctimas de la esclavitud, las prácticas análogas a la esclavitud, las formas contemporáneas de la esclavitud, la servidumbre por deudas, la explotación sexual o la explotación laboral están especialmente expuestas al racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia, y que las mujeres y las niñas a menudo son objeto de múltiples formas de discriminación, victimización y violencia, y subraya, a este respecto, que las formas y manifestaciones contemporáneas de la esclavitud deben ser investigadas por las diferentes partes interesadas y que hay que concederles una mayor importancia y prioridad si se quiere eliminar estas prácticas definitivamente;

91. Insta a los Estados a promulgar y aplicar leyes, así como a formular, aplicar y fortalecer planes de acción nacionales, regionales y mundiales que integren una perspectiva de derechos humanos, y en particular las cuestiones de género y edad, para combatir y eliminar todas las formas de trata de personas, en concreto de las mujeres y los niños y otros grupos vulnerables, teniendo en cuenta las prácticas que ponen en peligro vidas humanas o provocan diversas formas de esclavitud y explotación, como la servidumbre por deudas, la utilización de niños en la pornografía y la explotación sexual y el trabajo forzoso;
1 La nota de pie de página de la Declaración y el Programa de Acción de Durban también es pertinente para el documento final de la Conferencia de Examen de Durban.

92. Insta a los Estados a fortalecer la cooperación bilateral, subregional, regional e internacional en la esfera de la trata de personas, especialmente mujeres y niños, y a que faciliten la labor del Relator Especial sobre la trata de personas, especialmente mujeres y niños, y las ONG que prestan asistencia a las víctimas;

93. Insta a los Estados en que tenga lugar la victimización de personas a causa de la trata a que velen por que se proporcione protección y asistencia a las víctimas de la trata con pleno respeto de sus derechos humanos, a que promuevan activamente la rehabilitación de las víctimas de la trata proporcionándoles acceso a atención y servicios médicos y psicológicos adecuados, incluidos los relacionados con el VIH/SIDA, así como refugio, asistencia jurídica y líneas telefónicas de ayuda, y a que faciliten su regreso seguro y en condiciones dignas a los países de origen;

94. Toma nota de los progresos en la adopción de políticas y programas para mejorar la prevención y el tratamiento del VIH/SIDA, especialmente entre las poblaciones más expuestas, y para eliminar la discriminación múltiple de las personas que viven con el VIH/SIDA o afectadas por esa enfermedad, y recomienda a los Estados que garanticen el acceso universal y efectivo a todos los servicios de salud, incluidos los medicamentos a precios asequibles, en particular los necesarios para prevenir, diagnosticar y tratar el VIH/SIDA, el paludismo, la tuberculosis y otras pandemias, e intensifiquen, cuando proceda, la investigación en la esfera de las vacunas;

95. Acoge con satisfacción la entrada en vigor de la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad y su Protocolo Facultativo, e insta a los Estados a que resuelvan de manera efectiva las difíciles condiciones que enfrentan las personas con discapacidad que son víctimas de formas múltiples o graves de discriminación;

96. Insta a los Estados a que consideren la posibilidad de firmar y ratificar todos los instrumentos mencionados en el párrafo 78 de la Declaración y el Programa de Acción de Durban o de adherirse a ellos;

97. Insta a los Estados a que consideren la posibilidad de firmar y ratificar todos los instrumentos aprobados después de la Conferencia Mundial contra el Racismo, la Discriminación Racial, la Xenofobia y las Formas Conexas de Intolerancia o de adherirse a ellos, en particular:
a) La Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad y su Protocolo Facultativo;
b) El Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales;
c) La Convención sobre la protección y la promoción de la diversidad de las expresiones culturales;

98. Insta a los Estados a que luchen contra la impunidad de los delitos por motivos racistas o xenófobos, entre otras cosas promulgando la legislación necesaria, así como enmendando, derogando o anulando toda ley o norma que cree o perpetúe el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia;

99. Exhorta a los Estados a que, de conformidad con sus obligaciones en materia de derechos humanos, declaren ilegales y prohíban todas las organizaciones que se inspiren en ideas o teorías de superioridad de una raza o de un grupo de personas de un determinado color u origen étnico, o que pretendan justificar o promover el odio y la discriminación en cualquier forma por motivos nacionales, raciales y religiosos, y a que tomen medidas inmediatas y positivas destinadas a eliminar toda incitación a tal discriminación o actos de tal discriminación;

100. Insta a los Estados a que velen por que todas las personas que se hallen bajo su jurisdicción, en particular las víctimas del racismo, la discriminación racial, la xenofobia y formas conexas de intolerancia tengan acceso a la justicia, así como acceso a las instituciones y mecanismos apropiados del Estado para pedir el reconocimiento del acto ilícito y una reparación o satisfacción justa, equitativa y adecuada por todo daño sufrido, y subraya la importancia de proporcionar a las víctimas una asistencia especializada, incluida asistencia médica y psicológica, así como el asesoramiento necesario, y señala a la atención la necesidad de dar a conocer mejor los recursos judiciales y otros recursos legales existentes y de que éstos sean de fácil acceso;

101. Exhorta a los Estados a que velen por que las investigaciones de todos los actos de racismo y discriminación racial, en particular los cometidos por agentes del orden público, se lleven a cabo de forma imparcial, oportuna y exhaustiva, por que los responsables sean enjuiciados conforme a la ley y por que las víctimas reciban sin demora una reparación o satisfacción pronta, justa y adecuada por todo daño sufrido;

102. Exhorta a los Estados a que no recurran a establecer perfiles fundados en motivos de discriminación prohibidos por el derecho internacional, en particular motivos raciales, étnicos o religiosos, y a que lo prohíban por ley;

103. Recomienda a los Estados que aún no lo hayan hecho que establezcan mecanismos para recoger, recopilar, analizar, difundir y publicar datos estadísticos fidedignos y desglosados, y que tomen todas las demás medidas conexas necesarias para evaluar periódicamente la situación de todas las víctimas de racismo, discriminación racial, xenofobia y formas conexas de intolerancia, de conformidad con la Declaración y el Programa de Acción de Durban;

104. Recomienda a los Estados que elaboren un sistema de reunión de datos, comprendidos indicadores de igualdad de oportunidades y no discriminación, que, respetando el derecho a la privacidad y el principio de la autoidentificación, posibiliten la evaluación y orienten la formulación de políticas y acciones para la eliminación del racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia, y que consideren la posibilidad, cuando sea procedente, de solicitar la asistencia del ACNUDH;

105. Insta a los Estados a que establezcan programas nacionales que faciliten el acceso a todos los servicios sociales básicos sin discriminación;

106. Reafirma que la erradicación del racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia debe tener por objetivo no sólo el fomento de la igualdad y la eliminación de la discriminación, sino también el fomento
de la interacción, la armonía e integración sociales, el respeto por la tolerancia y la diversidad entre las comunidades étnicas, culturales y religiosas;

107. Alienta a los Estados a que desarrollen su capacidad nacional en lo que se refiere a la enseñanza de los derechos humanos, las actividades de capacitación y la información pública recabando la participación de las instituciones nacionales de derechos humanos, las ONG y otras partes interesadas pertinentes para luchar contra el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia, en consonancia con el plan de acción del Programa Mundial para la educación en derechos humanos;

108. Alienta a todos los Estados y a las organizaciones internacionales competentes a que inicien y ejecuten programas culturales y educativos de lucha contra el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia y a que promuevan la comprensión mutua entre las diversas culturas y civilizaciones;

109. Exhorta a los Estados a que apliquen los derechos culturales mediante la promoción del diálogo y la cooperación entre las culturas y religiones a todos los niveles, especialmente en el plano local y a nivel de la comunidad;

110. Insta a los Estados a que alienten a los partidos políticos a trabajar por una representación equitativa de las minorías nacionales o étnicas, religiosas y lingüísticas dentro de su sistema de partidos y a todos sus niveles, a que velen por que sus sistemas políticos y jurídicos reflejen la diversidad multicultural de sus sociedades y a que establezcan instituciones democráticas más participativas a fin de evitar la discriminación, la marginación y la exclusión de sectores concretos de la sociedad;

111. Insta a los Estados a que mejoren las instituciones democráticas, a que fomenten la participación y a que eviten la marginación, la exclusión y la discriminación de sectores concretos de la sociedad;

112. Alienta a los Parlamentos a que se ocupen regularmente de la cuestión del racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia para consolidar su legislación, en particular la legislación antidiscriminación, y a que mejoren sus políticas en materia de lucha contra el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia;

113. Alienta a los Estados a que adopten estrategias, programas y políticas, en particular, entre otras cosas, medidas especiales, incluidas medidas, estrategias o acciones afirmativas o positivas que permitan a las víctimas del racismo, de la discriminación racial, de la xenofobia y de las formas conexas de intolerancia ejercer plenamente sus derechos civiles, culturales, económicos, políticos y sociales, en especial mediante un mejor acceso a las instituciones políticas, judiciales y administrativas, y a que les den más oportunidades de participar plenamente en todas las esferas de la vida en las sociedades en que viven;

114. Insta a todos los Estados que aún no hayan formulado y/o aplicado planes de acción nacional de lucha contra el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia a que elaboren tales planes y a que
supervisen su aplicación en consulta con las partes interesadas pertinentes, en particular las instituciones nacionales de derechos humanos y la sociedad civil;

115. Exhorta a los Estados a que, al aplicar el párrafo 90 de la Declaración y el Programa de Acción de Durban velen por que las instituciones nacionales de derechos humanos tengan centros de coordinación en materia de racismo, discriminación racial, xenofobia y formas conexas de intolerancia, así como la capacidad de contribuir a resarcir efectivamente a las víctimas;

116. Exhorta a los Estados que aún no lo hayan hecho a que establezcan órganos y mecanismos especiales para la aplicación de políticas públicas de erradicación del racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia, así como de promoción de la igualdad racial, y a que los doten de recursos financieros, competencia y capacidad adecuados para realizar estudios, investigaciones, actividades de educación y actividades de sensibilización del público;

117. Pide a todos los Estados que protejan a los defensores de los derechos humanos, en particular los que se ocupan del racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia, que eliminen todo obstáculo al desempeño efectivo de sus actividades que sea incompatible con las normas internacionales en materia de derechos humanos y que les permitan trabajar libremente para promover y proteger los derechos humanos;

118. Invita a los Estados a que proporcionen recursos financieros a las organizaciones de la sociedad civil, entre otras las que se ocupan del racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia, y, cuando proceda, los aumenten, con miras a reforzar su labor contra este flagelo;

119. Reconoce la valiosa función desempeñada por las organizaciones, instituciones e iniciativas regionales y subregionales en la lucha contra el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia, en particular mediante sus mecanismos de denuncia, y alienta el establecimiento o el reforzamiento de mecanismos regionales que estudien la eficacia de las medidas adoptadas para prevenir, combatir y erradicar esos flagelos;

120. Recomienda que los Estados y las organizaciones estatales, regionales e internacionales establezcan organismos independientes, cuando todavía no existan, que tramiten las denuncias de las víctimas del racismo, de la discriminación racial, de la xenofobia y las formas conexas de intolerancia, entre otras cosas en relación con la discriminación en el acceso a la vivienda, a la educación, a la salud, al empleo y a otros derechos humanos;

121. Encomia a los medios de información que han elaborado códigos deontológicos de carácter voluntario para, entre otras cosas, alcanzar los objetivos establecidos en el párrafo 144 del Programa de Acción de Durban, y alienta la colaboración de consultas entre profesionales de los medios de información, por conducto de las asociaciones y organizaciones competentes a nivel nacional, regional e internacional y con asistencia del ACNUDH, con miras a intercambiar opiniones sobre esta cuestión y a compartir prácticas idóneas, teniendo en cuenta la independencia de los medios de información y las normas internacionales de derechos humanos;

122. Pone de relieve nuevamente la importancia de intensificar la cooperación internacional para alcanzar los objetivos definidos en la Declaración y el Programa de Acción de Durban con miras a combatir, prevenir y erradicar el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia;

123. Alienta a los Estados a que incluyan en sus informes nacionales presentados al mecanismo de examen periódico universal del Consejo de Derechos Humanos información sobre las medidas adoptadas para prevenir y combatir el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia;

124. Pide al Consejo de Derechos Humanos que considere la posibilidad de adoptar las medidas necesarias para aumentar la eficacia de los mecanismos de seguimiento de la Declaración y el Programa de Acción de Durban y garantizar una mejor sinergia y complementariedad en la labor de esos mecanismos. A ese respecto, recomienda que el Consejo de Derechos Humanos intensifique la colaboración entre los mecanismos de seguimiento y precise su enfoque con el fin de lograr una mayor sincronización y coordinación en todos los niveles, teniendo en cuenta sus respectivos mandatos, en particular mediante la reestructuración y la reorganización de su trabajo, si el Consejo de Derechos Humanos lo considera apropiado, y facilitar la celebración de reuniones y debates conjuntos;

125. Toma nota de que el Comité Especial sobre la elaboración de normas internacionales complementarias celebró su primer período de sesiones y aprobó una hoja de ruta con miras a lograr la plena aplicación del párrafo 199 del Programa de Acción de Durban;

126. Invita al Consejo de Derechos Humanos, y a sus procedimientos y mecanismos especiales, así como a los órganos de tratados pertinentes, a que, dentro de los límites de sus respectivos mandatos, tengan plenamente en cuenta la Declaración y el Programa de Acción de Durban y los resultados de la Conferencia de Examen;

127. Pide al Consejo de Derechos Humanos que siga fomentando el diálogo intercultural e interreligioso, con una mayor participación de todas las partes interesadas, en particular las comunidades de base;

128. Insta a todos los órganos deportivos internacionales a que promuevan, a través de sus federaciones nacionales, regionales e internacionales, un entorno deportivo mundial exento de racismo, discriminación racial, xenofobia y formas conexas de intolerancia;

129. Invita a la Fédération Internationale de Football Association a que, en el marco del torneo correspondiente a la Copa Mundial de Fútbol de 2010, que se celebrará en Sudáfrica, incorpore un lema visible sobre la inadmisibilidad del racismo en el fútbol y pide a la Alta Comisionada para los Derechos Humanos que, en su calidad de Secretaria General de la Conferencia de Examen de Durban, comunique esta invitación a la Fédération, y señale la cuestión del racismo en el deporte a la atención de otros órganos deportivos internacionales competentes;

130. Invita a la Alta Comisionada para los Derechos Humanos a que incremente aún más la concienciación sobre la necesidad de combatir el racismo, la
discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia, en particular entre los mecanismos y órganos competentes, por medio de actividades y programas del ACNUDH adecuados;

131. Reitera su llamamiento al ACNUDH para que prosiga sus esfuerzos por mejorar la sensibilización y el apoyo a la labor del Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial, en el marco de la iniciativa global encaminada a reforzar la labor de los órganos de tratados;

132. Alienta al ACNUDH a que siga proporcionando apoyo a los mecanismos del Consejo de Derechos Humanos en la labor de vigilancia de la aplicación de la Declaración y el Programa de Acción de Durban;

133. Pide a la Alta Comisionada para los Derechos Humanos que siga ejecutando plena y eficazmente el mandato que se ha conferido al ACNUDH en la Declaración y el Programa de Acción de Durban;

134. Toma nota de la propuesta formulada por el ACNUDH, en cooperación con entidades regionales interesadas de todo el mundo, de organizar a la luz del Seminario de expertos sobre la relación entre los artículos 19 y 20 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos una serie de talleres de expertos para lograr una mejor comprensión de las pautas legislativas, las prácticas judiciales y las políticas nacionales en diferentes regiones del mundo en relación con el concepto de incitación al odio, a fin de determinar el grado de aplicación de la prohibición a la incitación en el sentido de lo dispuesto en el artículo 20 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, sin perjuicio del mandato del Comité Especial sobre la elaboración de normas complementarias;

135. Alienta al ACNUDH a que intensifique su colaboración con los organismos internacionales y regionales que se ocupan de la lucha contra el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia;

136. Celebra la propuesta de la Alta Comisionada para los Derechos Humanos de tener en cuenta la aplicación de la Declaración y el Programa de Acción de Durban en el proceso de incorporación de los derechos humanos en todas las actividades del sistema de las Naciones Unidas y, a este respecto, toma nota con satisfacción del plan de la Alta Comisionada de hacer que la aplicación de la Declaración y el Programa de Acción de Durban pase a ser un tema permanente del programa de sus consultas de alto nivel con las entidades que colaboran con las Naciones Unidas, teniendo debidamente en cuenta su mandato, al que dará seguimiento a nivel práctico un grupo de tareas interinstitucional;

137. Hace hincapié en la necesidad de que los órganos y organismos especializados pertinentes de las Naciones Unidas ofrezcan, en el marco de la integración de la aplicación de la Declaración y el Programa de Acción de Durban, cooperación técnica para mejorar su aplicación efectiva y, en este contexto, alienta a los Estados a solicitar asistencia para establecer o mejorar los marcos normativos, las estructuras administrativas y las medidas prácticas nacionales para hacer efectivo el Programa de Acción de Durban;

138. Pide al Secretario General de las Naciones Unidas que proporcione al ACNUDH los recursos suficientes que sean necesario para seguir aplicando la Declaración y el Programa de Acción de Durban y hacer efectivos los resultados de la Conferencia de Examen en su totalidad, fortaleciendo y mejorando su dependencia de lucha contra la discriminación a fin de, entre otras cosas, aumentar la capacidad nacional para prevenir, combatir y erradicar el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia mediante la prestación, previa solicitud, de asistencia técnica;

139. Alienta a los Estados Miembros a que incrementen sus contribuciones voluntarias al ACNUDH para mejorar su capacidad de velar por la aplicación efectiva de la Declaración y el Programa de Acción de Durban en los planos nacional, regional e internacional;

140. Exhorta al ACNUDH a que siga apoyando a los Estados, cuando así lo soliciten, en el proceso de creación y fortalecimiento de instituciones nacionales de derechos humanos de conformidad con los Principios de París, y en la aplicación de los planes nacionales de acción contra el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia;

141. Exhorta a los Estados Miembros a que contribuyan al Fondo Fiduciario del Programa para el Decenio de la Lucha contra el Racismo y la Discriminación Racial a fin de que, entre otras cosas, puedan participar en la labor del Grupo de Trabajo Intergubernamental sobre la aplicación efectiva de la Declaración y el Programa de Acción de Durban, personas de ascendencia africana, representantes de los países en desarrollo, especialmente los países menos adelantados, ONG y expertos;

142. Celebra el importante papel que desempeña la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) y la alienta a que prosiga sus tareas de movilización de las autoridades municipales y los gobiernos locales contra el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia, en particular mediante su iniciativa denominada Coalición de Ciudades contra el Racismo, la Discriminación, la Xenofobia y las Formas Conexas de Intolerancia y su estrategia integrada para combatir el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia;

143. Exhorta al sistema de las Naciones Unidas, en particular al Departamento de Información Pública de la Secretaría, a que lleve a cabo campañas eficaces en los medios de comunicación para dar mayor realce al mensaje de la Declaración y el Programa de Acción de Durban y sus mecanismos de seguimiento.